Pensión ordinaria por vejez
Es la modalidad de pensión en donde el Instituto se obliga a pagar una renta mensual al pensionado hasta su fallecimiento.
Los requisitos para optar al beneficio de pensión ordinaria por vejez son los siguientes:
- Haber cumplido sesenta y cinco años (65) de edad; y,
- Acreditar un mínimo de veinticinco (25) años de cotización al
Instituto.
Documentación Requerida Pensión Ordinaria por Vejez
- Solicitud del Beneficio (Formato de INPREUNAH)
- Certificación Original de Acta de Nacimiento o de Naturalización
- Fotocopia de Tarjeta de Identidad, Pasaporte o Carnet de
Residente - Constancia de Trabajo que contenga sueldo y tiempo de servicio
(con vigencia de un mes de la fecha de inicio del Beneficio) - Fotocopia de Acuerdo de Aceptación de Renuncia
- Constancia de Institutos Públicos de Previsión Social INPREMA,
IPM, INJUPEMP, IHSS (con vigencia de un mes de la fecha
de inicio del Beneficio) - Copia de Libreta de Ahorro con nombre y firma (Banco
DAVIVIENDA)
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