Auxilio Funerario

Tiene derecho a esta prestación la persona natural o jurídica, que acredite haber realizado los arreglos y gastos de sepelio relacionados con el fallecimiento de un afiliado activo, voluntario o pensionado; dicho reembolso se hará mediante pago único, en calidad de Auxilio Funerario, hasta por un monto de cuatro (4) veces el salario mínimo en su categoría más alta vigente al momento de fallecimiento del causante. En todos los casos, el solicitante deberá presentar las facturas por los gastos incurridos, para hacer la liquidación de los valores.

Documentación Requerida Auxilio Funerario:

  1. Solicitud del beneficio (formato de INPREUNAH)
  2. Fotocopia de documento nacional de identificación (DNI), pasaporte o carnet de residente (fallecido y solicitante)
  3. Fotocopia de certificación de acta de defunción (cotejada con la original)
  4. Facturas originales de gastos fúnebres (que cumplan con normativa del SAR)
  5. Fotocopia de libreta de ahorro con nombre y firma (cualquier institución bancaria)
  6. Nota de cuenta bancaria (personas jurídicas)

Nota: Las facturas presentadas deben estar a nombre de la persona que solicita el beneficio.

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